El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes un Real Decreto que crea el sistema de garantías de origen para los gases renovables. Tales como el hidrógeno renovable, el biogás o el biometano. De este modo los comercializadores y consumidores podrán diferenciarlos del gas de origen fósil.

La norma también incorpora al ordenamiento jurídico interno los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de la normativa comunitaria para la biomasa sólida y el biogás. Así como los biocarburantes y los biolíquidos para transporte, usos eléctricos, calefacción y refrigeración. Y los objetivos de penetración de los biocarburantes a partir del año 2023, que deberán alcanzar el 12% del consumo en 2026.

Real Decreto

Este sistema de gases renovables introduce las contribuciones de los biocarburantes avanzados y del biogás en el transporte. Que como mínimo serán del 0,3% en 2023, del 1% en 2025 y del 3,5% en 2030.

El Real Decreto traspone así parcialmente la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de gases procedentes de fuentes renovables. En lo relativo a los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de la bioenergía y a las garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.

Cada megavatio hora (MWh) de gas 100% renovable dará lugar a la emisión de una garantía de origen con información sobre dónde, cuándo y cómo se produjo el gas. Esto es posible gracias a las nuevas garantías de origen (similares a las ya existentes para la electricidad producida con renovables)

En consecuencia, las garantías le aportarán un valor añadido a la hora de comercializarlo. Lo que fomentará su consumo, con el consiguiente beneficio ambiental.

Garantía de gases renovables

El Real Decreto creará también un Censo de Instalaciones de Producción de gas procedente de fuentes renovables y un Comité de Productores. Los productores y comercializadores podrán intercambiar las garantías de origen de forma transparente y segura dentro del sistema. Este documentará la producción, transferencia y cancelación de las garantías de origen de los gases renovables.

Las garantías de origen certificarán el volumen de gas y su calidad, puesto que se diferenciará entre hidrógeno obtenido con energía renovable, biometano, biogás u otros gases. Y abarcará cualquier gas renovable producido y consumido. Ya sea in situ, autoconsumido, e inyectado o no a la red de gasoductos.

Por último, la norma revisa y amplía los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero anteriormente aplicables a los biocarburantes y los biolíquidos, ampliando su ámbito a la biomasa sólida y al biogás utilizado para usos eléctricos y de calefacción y refrigeración. La energía procedente de combustibles que incumplan los requisitos no podrá computarse para los objetivos de renovables ni recibir ayuda financiera.

Fuente: Agencia Servimedia

CAB/AR